TRÁMITES Claves para facilitar tus trámites de cada día 
15-6715-1768
 

Trámites fundamentales para empezar a hacer uso de tus derechos.

Lo fundamental es obtener el certificado de discapacidad. Recientemente se acordó con el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires que el certificado se puede otorgar también en los Hospitales Penna y Piñeyro, en el Hospital de Rehabilitación Manuel Rocca, en el Hospital Santa Lucía, en el "Torcuato de Alvear" y en el Instituto de Rehabilitación Psicofísica. Para obtener información se puede llamar al 0800-333-7258, ya que cada hospital tiene un horario diferente

HOSPITALES DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

QUE OTORGAN EL CERTIFICADO DE DISCAPACIDAD

 

Hospital General de Agudos "J. A. Penna"

Discapacidad

Visceral

Dirección

Pedro Chutro 3380 – Parque Patricios

Pedido de requisitos

Martes y jueves de 9.00 a 11.30 horas

Unidad Nº 4, ingresando por la calle Almafuerte

Teléfonos

4911-3030 / 5555 (Interno 216)

Colectivos

28, 32, 115, 128, 165

 

Hospital de Emergencias Psiquiátricas Torcuato de Alvear

Discapacidad

Mental para mayores de 18 años

Dirección

Warnes 2630 – Agronomía

Pedido de

requisitos

De lunes a viernes de 9.00 a 13.00 horas

Biblioteca

Teléfonos

4521-0273 / 0090 / 0983

Colectivos

47, 78

 

Hospital de Oftalmología "Santa Lucía"

Discapacidad

Visual

Dirección

San Juan 2021 – San Cristóbal

Pedido de

requisitos

Jueves de 8.30 a 14.30 horas

Teléfonos

4127-3100 / 4941-5555

Colectivos

12, 37, 53, 84, 90, 126, 151

INFORMACIÓN SUMINISTRADA POR EL Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autonoma de Buenos Aires

 

 

Utiliza este enlace para ver como tramitarlo en todo el pais.

Cliquee Aquí 

 actualización: Enero 2009   

Pensiones por Discapacidad:

Las personas con discapacidad que por su condición no hayan trabajado nunca y por lo tanto no cuenten con aportes previsionales pueden solicitar una pensión No Contributiva o Graciable.  

 

PENSIONES POR DISCAPACIDAD

 

 Las pensiones no contributivas por discapacidad son el único medio viable si uno no tiene recursos para lograr una cobertura, no solo en cuanto  a lo económico, sino también en lo que se refiere a lo que normalmente debe cubrir una obra social en cuanto a salud y escolaridad.

¿Qué se considera una persona sin recursos?

Alguien que no tiene ingreso propio ni tampoco depende legalmente de otro que sí lo tenga. Legalmente los hijos dependen de los padres, los padres de los hijos, y los nietos de los abuelos. Esto quiere decir que si los padres no pueden proporcionarle los medios a su hijo con discapacidad, deben hacerlo los abuelos. Todo esto se tiene en cuenta a la hora de "evaluar" la solicitud de pensión. Si se tienen una propiedad, se tendrá en cuenta el valor y las características de la misma en la evaluación de la asistente social.

Lo lógico es que los chicos, si tienen padres que trabajan dependen de ellos, aún si trabajan en forma independiente porque tienen que pagar monotributo o jubilación como autónomo y eso te da acceso a una obra social. Pero, si los padres no tienen trabajo pueden solicitar la pensión. Deben presentar una declaración jurada de su situación. Si durante el tiempo en que tarde el trámite, la asistente social corrobora la necesidad, los abuelos no pueden hacerse cargo, etc. y no existe en ningún momento afiliación a obra social de la criatura o personas legalmente obligadas, se otorga la pensión.

Distinto es una pensión graciable, que depende de la buena voluntad del legislador al que se le solicita y tiene la misma cobertura de obra social que la no contributiva, pero distinto valor.

¿ Donde se solicita?

 Las pensiones pueden ser nacionales o provinciales. Las primeras, cuyo monto es el 70% del haber mínimo jubilatorio, se solicitan en la Dirección Nacional de Pensiones Asistenciales, Alsina al 1400 en Capital o en el distrito corrrespondiente según se indique en la citada dirección. Las provinciales se solicitan en los municipios, tienen un valor mucho menor(al menos por ahora en Pcia de Bs. As. no se en otras), quizás el trámite sea más rápido.

actualizacion: Enero 2009 

Curatelas:

Las personas que por su situación no pueden decidir por si mismas, deben tener designada una persona responsable ante la Justicia. Los menores de edad son representados por sus padres. Esto se puede hacer sin costo.Para más detalles

curatela.doc

actualización: Enero 2009

 

 INADI

La Campaña Nacional de Divulgación y Concientización sobre Discriminación en general y a personas con discapacidad en particular, comenzó  con la presentación de una campaña televisiva y gráfica relacionada la problemática, promoviendo también la línea telefónica gratuita del INADI -0800 999 2345- para que pueda ser denunciado cualquier hecho discriminatorio.

  actualización: Enero 2009

Pasajes:

Para viajar se debe tener una fotocopia autenticada del certificado de discapacidad y documento de identidad. La certificación puede ser de escribano o bien se puede hacer en forma gratuita en la Secretaría de Transporte de la Nación, concurriendo de lunes a viernes de 10 a 16 horas a Av.Paseo Colón 135, TE:4349-7116/7103/7235/7138, con el certificado original y documento de identidad (el trámite no es personal).

En Provincia de Buenos Aires,

 El trámite se realiza en Calle 7 (entre 58 y 59) Nº1267,

Horario de atención : Martes y Jueves de 8.30 a 11,30 hs

  La Plata, TE: 0221-429-5174 y 0221-429-5030/31  

Actualización: Enero 2009         

Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires (ver pagina)

 

 El Gobierno de la Ciudad fusionó la Dirección de Discapacidad y la COPINE para su mejor funcionamiento y unificar programas.

La nueva sede de la COPINE está ubicada en la calle Cerrito 268, 9º piso (Teléfono 4010-0300, de lunes a viernes de 9.00 a 18.00 horas). Dentro de las áreas que son parte de la Comisión se encuentra la de Trabajo con sede en Lima 221 (mismos días y horarios de atención).

actualización: Enero 2009

  Sepelios en PROFE

Para los afiliados a PROFE rige un régimen de cobertura para sepelios bajo la característica de reembolso. Para saber como tramitarlo:

 

 Sepelios en PROFE.doc  

 

 Actualización Enero 2009  

 

 

Excepción de los aumentos de luz para electrodependientes

 

Las empresas Edenor y Edesur informaron que las personas que son electro dependientes y requieren de la electricidad en sus tratamientos (por ejemplo, las personas que tienen que tener la medicación en la heladera como el caso de la EM) están exceptuadas de pagar el reciente aumento en las tarifas de luz.

Para pedir esta excepción es necesario presentarse en alguna de las oficinas comerciales de Edenor o Edesur, según corresponda, con la siguiente documentación (las direcciones de las oficinas se encuentran al dorso de las facturas de pago): 

  • Resumen de la historia clínica, en donde el neurólogo deje claramente argumentada la condición de electro- dependiente de la persona y la necesidad de que no se quede sin energía eléctrica (aire acondicionado, nivel de discapacidad, medicación, etc.)
  • Boleta o presupuesto de la medicación.
  • Orden médica donde se argumente de manera clara y concisa cuál es el tipo de discapacidad y por qué esa persona es electro- dependiente.
  • Orden médica con detalle de la medicación y aclaración de que la misma debe conservarse en cadena de frío.
  • Adjuntar la fotocopia de la última boleta del servicio.
  • Copia sellada y firmada de la presentación del trámite. 

Una vez presentada la documentación, la misma es evaluada para ver si corresponde o no que ese domicilio figure como correspondiente a una persona electro- dependiente. Esperar 4 días y comunicarse con la empresa para que le informen cuál ha sido el dictamen.

Ante cualquier duda puede consultar al ENRE (Ente Nacional Regulador de la Electricidad) en el teléfono 0800 333 3000 ó en su oficina de Suipacha 615, Cap. Fed, de lunes a viernes de 9 a 18 hs.

Teléfonos de Atención Comercial 

EDESUR: 0810 222 0200

EDENOR: (011) 4346 8400.